Leviatán: Thomas Hobbes

Leviatán: o la materia, forma y poder de una república eclesiástica y civil, comúnmente llamado Leviatán (Leviathan), es el libro más conocido del escritor ingles Thomas Hobbes, publicado en 1651. El título del libro hace referencia al monstruo bíblico Leviatán, que posee un poder descomunal. En este libro, Hobbes establece su doctrina de derecho moderno como la base de las sociedades y de los gobiernos legítimos. Se ha dicho que el trabajo de Hobbes justifica filosóficamente la existencia del autoritarismo estatal, aunque también justificó la eliminación del absolutismo.

Este libro esta dividido en cuatro secciones, a continuación un análisis de cada una:

Parte I: Del hombre

En esta primera parte de la obra, Hobbes comenzará por el estudio del hombre en sí mismo, para poder, a partir de ahí, estudiarlo en sociedad. Analiza el conocimiento humano, cuyo origen fundamenta en la experiencia. La experiencia, según Hobbes, se forma por la repetición de hechos que se irán almacenando en la memoria por lo que son fuente de sensaciones que permiten la producción de imágenes memorizadas. Los recuerdos son utilizados en estas combinaciones mentales y posibilitan al hombre simular los acontecimientos futuros y adquirir, por lo tanto, una indispensable prudencia. El hombre actuará según su experiencia, intentando evitar los resultados indeseados que ha sufrido en momentos anteriores. El elemento fundamental que hará a este proceso mucho más rápido es la palabra, ya que permite el tránsito de lo mental a lo verbal, oral y escrito, favoreciendo, de esta manera, la emergencia de la verdad. Si decimos la verdad podemos transmitir nuestra experiencia y recibir la de otros pudiendo así complementarnos mutuamente. Sin embargo, la ausencia de veracidad en esta comunicación tendría un efecto nefasto sobre nuestra prudencia, al tener datos equivocados. El discurso es, sin embargo, fuente de errores y de engaños que deben ser eliminados con el fin de obtener definiciones rigurosas que, a su vez, se conviertan en vías de acceso a la ciencia. Estos errores no tienen por qué ser inevitablemente mal intencionados por el prójimo sino que debido a una falta de precisión lingüística, el error puede ser cometido. La palabra es la base de la razón y se adquiere por la acción, siendo ésta fuente de sensaciones y de imágenes que se intelectualizan tras la adquisición de una metodología. La razón se caracteriza, según Hobbes, por el “cálculo de las consecuencias” de nuestros pensamientos; descompondrá la situación que se presenta ante ella y analizará, según su experiencia, los posibles acontecimientos futuros, eligiendo el que más le convenga.

Posteriormente examina la voluntad y la conducta humanas, tendientes siempre a la acción motivada por el deseo: el poder del hombre reside en su capacidad de actuar y la adquisición del poder se convierte en una búsqueda permanente y dominada por la pasión.

La persona actúa según los impulsos que recibe del exterior, por lo que intentará a toda costa evitar los impulsos que le resulten desagradables y conseguir todos los agradables posibles.

El problema surge cuando estas fuentes de placer hay que compartirlas con otros humanos o interfieren con sus deseos. Ello determina que cada ser humano esté en continua guerra con los demás. Esta situación en la que vive el hombre en su estado natural encontró su mejor definición en dos de sus sentencias más universalmente conocidas:“Bellum omnium contra omnes” (“Guerra de todos contra todos”) y “Homo homini lupus est” (“El hombre es un lobo para el hombre”).

En este proceso de análisis del humano y sus sentidos, llega a una serie de definiciones que serán cruciales para su filosofía. Señala la importancia de estas definiciones, insinuando que está intentando axiomatizar la humanidad siguiendo el modelo de la geometría. Esta influencia de las ciencias exactas se percibe en la manera tan objetiva y carente de sentimiento en la que describe las pasiones; por ejemplo, “Lo que de algún modo es objeto de cualquier apetito o deseo humano es lo que con respecto a él se llama bueno. Y el objeto de su odio y aversión, malo; y de su desprecio, vil e inconsiderable o indigno. Pero estas palabras de bueno, malo y despreciable siempre se usan en relación con la persona que las utiliza. No son siempre y absolutamente tales, ni ninguna regla de bien y de mal puede tomarse de la naturaleza de los objetos mismos, sino del individuo (donde no existe Estado) o (en un Estado) de la persona que lo representa; o de un árbitro o juez a quien los hombres permiten establecer e imponer como sentencia su regla del bien y del mal”. Le siguen una larga secuencia de definiciones similares como la esperanza (apetito con opinión de obtener), o lo honorable (cualquier acción, cualidad o argumento que sea señal de poder) por ejemplo.

El capítulo XIII es una exposición de la condición natural del hombre, abarcando el marco de su felicidad e infelicidad. Contiene la frase célebre citada anteriormente, “Bellum omnium contra omnes”. La vida del hombre es solitaria, pobre, malévola, bruta y corta.

Hobbes encuentra tres motivos básicos por los cuales hay conflictos en el Estado de Naturaleza: El primero, es la competición, que hace que el hombre invada para obtener algo; el segundo, la desconfianza para la seguridad; y el tercero, la gloria, para la reputación.

De estos tres conceptos partirán las leyes de naturaleza hobbesianas. Hobbes define 19 leyes de naturaleza, sin embargo, la primera y segunda ley son las más importantes y de ellas se van a deducir todas las demás. La primera ley se compone de dos partes: Cada hombre debe procurar la paz hasta donde tenga esperanza de lograrla; y cuando no puede conseguirla, entonces puede buscar y usar todas las ventajas y ayudas de la guerra. La segunda parte ser refiere al derecho natural a la libertad de cada hombre, que lo autoriza de usar su propio poder, según le plazca, para la preservación de su propia vida, y por lo tanto de hacer cualquier cosa que conciba como la más adecuada para alcanzar ese fin. De esta ley se va a derivar la segunda ley: Un hombre debe estar deseoso, cuando otros lo están también, y a fin de conseguir la paz y la defensa personal hasta donde le parezca necesario, de no hacer uso de su derecho a todo, y de contentarse con tanta libertad en su relación con los otros hombres, como la que él permitiría a los otros en su trato con él. De aquí en adelante, las leyes de Hobbes van a definir el contrato social, que es la base del siguiete capítulo.

Parte II: Del Estado

Hobbes desarrolla su idea del contrato o pacto social, desarrollado por los hombres como garantía de la seguridad individual y como forma de poner fin a los conflictos que, por naturaleza, generan estos intereses individuales. Así, a las pasiones naturales del hombre se oponen las leyes morales, siendo a su vez leyes naturales.

El Estado (o República) que Hobbes proyecta en Leviatán no es el concepto moderno de república (ausencia de monarquías) sino que es concebido como una res publica, es decir, un poder organizado de forma común cuya función es “regentar” las cosas públicas y que se funda a partir de la suma de voluntades individuales libres que deciden actuar para adquirir ventajas comunes. La libertad del individuo se verá reducida a los espacios donde la ley no se pronuncia. Sin embargo, al existir una cesión voluntaria de poder, se contemplaba un caso en el que los individuos podrían rebelarse contra el soberano: cuando éste causara perjuicios a su integridad corporal o a su libertad física, o sea, si el soberano no cumplía su parte del contrato social (defender la libertad de los individuos asegurando la paz) el pacto quedaba roto inmediatamente. El pensamiento de Hobbes deja un margen muy estrecho al libre albedrío y a la libertad individual.

El propósito que Hobbes da al principio del segundo libro es describir la causa final, el fin o el deseo de los hombres (que aman la libertad y el dominio sobre otros) en la auto imposición de los límites en los que viven en sociedad que es un instrumento para su propia preservación y, consecuentemente, para obtener una vida más tranquila; o sea, para librarse de la terrible condición de constante guerra, que como fue demostrada en la primera parte, es natural a las pasiones del hombre cuando no hay poder visible que las limite y controles por el miedo al castigo a aquellos que las lleven acabo.
El soberano tiene doce derechos fundamentales:
  1. Como el pacto no puede ser eliminado a priori, los sujetos no pueden legalmente cambiar la forma de gobierno.
  2. Como el pacto que consiste en la cesión de libertades de los sujetos al soberano, dándole derecho a actuar por ellos, este no tiene derecho a cambiar el pacto.
  3. Los sujetos no pueden discutir el ser liberados del pacto debido a las acciones del soberano.
  4. El soberano es elegido (en teoría) por el voto de la mayoría; y la minoría ha decidido regirse por esta decisión.
  5. Cada sujeto es autor de los actos del soberano: por tanto, el soberano no puede dañar a ninguno de sus súbditos, y no puede ser acusado de injusticia.
  6. El soberano no puede ser ejecutado (legalmente) por sus súbditos, ya que el Estado busca, ante todo, la paz y el soberano tiene el derecho de hacer todo lo que considere necesario para preservar la paz, la seguridad y prevenir la discordia, pudiendo juzgar que opiniones o doctrinas son adversas, quien tiene derecho o no a hablar a las multitudes, y quien examinará las doctrinas de los libros antes de ser publicados.
  7. A dictar las leyes civiles y de la propiedad.
  8. A ser juez en todos los casos.
  9. A hacer la guerra o la paz como y cuando vea oportuno; siendo comandante de sus ejércitos.
  10. De elegir a sus consejeros, ministros, magistrados y oficiales.
  11. De premiar con riquezas y honores, o castigar corporal o pecuniariamente a aquellos que considere merecedores de tales acciones.
  12. De establecer leyes del honor y las escalas de valores.
Hobbes renuncia explícitamente a la separación de poderes, en particular a la que posteriormente se convertirá en la separación de poderes establecida en la Constitución de los Estados Unidos. Cabe destacar que en el sexto derecho del soberano, Hobbes especifica que está a favor de la censura de los medios de comunicación y de las restricciones de la libertad de expresión, si el soberano considera que son negativas para la preservación del orden público.

Hobbes admite tres tipos de Estado: la monarquía, la aristocracia y la democracia. No puede haber más formas de gobierno que esas tres, pues ninguna, o todas, pueden tener todo el poder soberano (que se ha demostrado anteriormente que es indivisible).

Aunque haya habido otras formas de gobierno en el pasado, como fueron la tiranía y la oligarquía, Hobbes no las consideraba nombres de otras formas de gobierno sino las mismas con otro nombre. Pues aquellos que están descontentos con la monarquía la llaman tiranía y aquellos que están descontentos con la aristocracia la llaman oligarquía., al igual que aquellos que no les gusta la democracia la llaman anarquía (que significa falta o ausencia de gobierno...

Para Hobbes, el más práctico es la monarquía; ya que la diferencia entre estos tipos de gobierno no consiste en la diferencia del poder, sino en la conveniencia o aptitud de asegurar la paz y la seguridad del pueblo; al fin y al cabo, es el motivo por el cual se instituyen.

Al comparar la monarquía con las otras dos, de esto deduce que donde los intereses públicos y lo privados están muy unidos, los públicos se ven más favorecidos. En la monarquía el interés público y el privado son el mismo. Las riquezas, el poder, y el honor del monarca surgen de las riquezas, fuerza y reputación de sus súbditos. Es imposible que el rey sea rico, glorioso o poderoso si su pueblo es pobre, sin aspiraciones, o débil debido a la pobreza o la ignorancia, como para mantener una guerra contra sus enemigos. Mientras que en la democracia o la aristocracia, la propiedad pública no da tanta fortuna individual, dando lugar a la corrupción, el mal uso de la ambición, a la traición o a la guerra civil.

Hobbes considera la realidad política en la que vive y desarrolla una serie de explicaciones para la sucesión paterno filial; si falta la denotación expresa de un heredero por parte del monarca, se seguirá la tradición. Esta, establece que el varón primogénito será el heredero de su padre, teniendo inmediato derecho de sucesión por costumbre; se supone, que el monarca lo habría declarado así en vida, al ser tradición de generaciones. Por tanto, en la práctica, se vuelve al varón primogénito como heredero.

Parte III: Del Estado cristiano

En esta tercera parte, y por lo que respecta a las relaciones entre el poder espiritual y el poder temporal, Hobbes abogaba por la total sumisión de la Iglesia al soberano.

Hobbes investiga la naturaleza de un Estado cristiano. Esto da lugar inmediatamente a la pregunta de en qué escrituras deberíamos confiar y por qué. Si alguna persona reclama que lo sobrenatural es superior a lo civil, entonces habría caos, y el deseo principal de Hobbes es evitarlo. Por tanto, concluye que no podemos conocer infaliblemente la revelación divina dada por otra persona; ya que cuando Dios habla al hombre, es por medio del propio hombre o de otro igual al que le ha hablado anteriormente. La persona con la que Dios habló le entendió perfectamente, pero eso no quiere decir que cuando el revelado se lo cuente a otro, esta otra persona le comprenda; por lo que es difícil, por no decir imposible, saber con certeza lo que Dios quiere. Además, que alguien demuestre que Dios le ha hablado es prácticamente imposible, por lo que no puede esperar que los demás le crean. Como esto podría ser considerado como una herejía (al aplicarse a la Biblia), Hobbes dice que se necesita una prueba, y la verdadera prueba es contrastar los dichos de los que oyen a Dios con las sagradas escrituras -ya que considera que las escrituras son las enseñanzas que Dios ha dado-, y la muestra de un milagro. Si ambos requisitos se cumplen, es un verdadero profeta. Como en la actualidad ver un milagro es algo poco probable, se considera a la Biblia como única fuente verdadera de fe.
Hobbes analiza varios libros que son aceptados por distintas sectas y la cuestión de la verdadera autoridad de las escrituras.

Para Hobbes, es un manifiesto de que nadie puede saber que son palabras de Dios (aunque los cristianos se lo crean) al menos que Dios se lo haya dicho personalmente. Por tanto la verdadera pregunta es: ¿Qué autoridad tiene la ley? Como era de esperarse, Hobbes concluye que no hay una forma certera de saberlo si no es por medio del poder civil: a aquel a quién Dios no le haya revelado personalmente que son suyos, ni que aquel que los hizo fue enviado por Dios mismo, tiene obligación de obedecer a nadie cuya voluntad no sea ley. Por tanto sólo hay obligación de obedecer al soberano del Estado, el cual sólo tiene poder legislativo.
Discute los Diez Mandamientos, y se pregunta quién los dio para que tengan fuerza de ley. No hay duda de que la ley la dio Dios mismo, pero éstos ni obligan ni son ley para aquellos que no lo reconozcan como acto del poder soberano. ¿Cómo sabía el pueblo de Israel que fue Dios quien se los dio, y no Moisés, si no pudieron acercarse al monte? Concluye que la promulgación de la ley de las Escrituras es tarea del soberano civil.

Finalmente, se plantea qué poder tiene la Iglesia sobre aquellos que, siendo soberanos, han elegido la fe cristiana. Concluye que los reyes cristianos son los pastores supremos de su pueblo y tienen el poder de ordenar a sus pastores lo que deseen, pueden enseñar a la iglesia, es decir, instruir a sus súbditos.
Ésta tercera parte está repleta de enseñanzas bíblicas. Sin embargo, una vez aceptado el argumento principal de Hobbes (que nadie puede estar seguro de la revelación divina del prójimo) a su conclusión (que el poder religioso ha de estar subordinado al poder civil) se llega por deducción.

Debido al momento histórico en el que ésta obra fue redactada, las largas explicaciones que se exponen en esta tercera parte fueron necesarias. La necesidad que Hobbes veía de la supremacía del poder soberano surgió por una parte por las consecuencias de la guerra civil, y por otra, para destruir la amenaza de los papas de Roma, dedicándole bastante esfuerzo a esta última idea.

Parte IV: Del reino de la oscuridad

En esta cuarta parte, ejerce una severa crítica a la Iglesia, a la cual acusaba (tras denunciar las tradiciones fabulosas que sostienen al conjunto de la mitología cristiana) de estar impregnadas, incluso, de cierto ateísmo. No obstante, y con el fin de evitar eventuales represalias y censuras eclesiásticas, en el apéndice con que concluye Leviatán intentó atemperar sus posiciones recurriendo para ello al examen de la jurisprudencia sobre la herejía.

Cuando Hobbes nombra esta sección "el reino de la oscuridad", no se refiere al Infierno (al no creer ni en el Infierno ni en el purgatorio), sino a la oscuridad de la ignorancia como opuesto a la luz del verdadero saber. Esta interpretación por parte de Hobbes es bastante in ortodoxa y ve oscuridad en la mala interpretación de las Escrituras. El reino de la oscuridad está formado por una confederación de farsantes que para dominar a la humanidad y por medio de doctrinas falsas, se dedican a eliminar la luz de la vida de los hombres.
Para este autor existen cuatro causas para esta oscuridad:
  1. La mala interpretación de las Escrituras. El abuso más destacado es el enseñar que el reino de Dios está en la Iglesia, por consiguiente disminuyendo el poder civil. Otro abuso es convertir la consagración en una conjura o un ritual tonto.
  2. La demonología de los poetas, tratando de demonios que no son más que construcciones de la imaginación. Critica muchas prácticas del catolicismo, como la veneración de los santos, las imágenes, reliquias y otras cosas practicadas por la Iglesia de Roma, afirmando que no están permitidas por la palabra de Dios.
  3. Mezclando las reliquias, las escrituras y la filosofía griega (especialmente Aristóteles) han causado grandes estragos. Hobbes no es muy amante de los filósofos en general. Desprecia el hecho de que muchos hayan tomado la filosofía aristotélica y hayan aprendido a llamar, a las distintas Commonwealths, tiranías (como lo fue Atenas en su momento). Al final de este apartado aparece una idea interesante (además de que la oscuridad no sólo introduce mentiras, sino que destruye verdades), que parece aparecer a raíz de los descubrimientos de Galileo. Afirma que incluso habiendo verdades demostrables, aquellos que están en la oscuridad condenarán a los iluminados que intenten enseñárselas, gracias a las doctrinas de la Iglesia. La razón que estos necios dan es que va en contra de la verdadera religión, sin embargo, si son verdades demostrables, ¿cómo pueden ir en contra de lo que Dios dice? Sin embargo, Hobbes no tiene problemas con la supresión de algunas verdades si es necesario, o sea, si tienden a desordenar el gobierno al dar pie a una rebelión. Si este fuese el caso opina que más vale que sean acalladas y que se castigue a sus predicadores, aunque estas medidas sólo podrán ser tomadas por el soberano.
  4. Interviniendo y modificando las tradiciones y la historia se daña también a la luz. Hobbes se plantea quién se beneficia de estos engaños. Expone el caso de Cicerón, el cual afirma que uno de los jueces más crueles de Roma era un gran hombre; al tener la costumbre de, en los casos penales, cuando el testimonio del testigo no era suficiente, le preguntaba a los acusadores, cui bono, o sea, que beneficios obtenían con el caso. Pues entre las presumisiones más obvias que uno puede ver son los beneficios. Hobbes concluye que de todo esto, los beneficiarios son la Iglesia y su jerarquía.

Leviatán: Thomas Hobbes
En el siguiente enlace se puede ver online o descargar en PDF:
http://www.uruguaypiensa.org.uy/imgnoticias/749.pdf

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